El 12 de diciembre de 1973, la Asamblea Legislativa aprobó la Ley 5229 en la que se crea el Organismo de Investigación Judicial, el cual dependerá de la Corte Suprema de Justicia, por lo que el Poder Judicial asume la función de investigación, y se le adicionó la labor de acusación con la creación del Ministerio Público, reforzándose la contratación de personal entre los que destacan los agentes fiscales y fiscales de juicio. Además, se crea la oficina de Defensores Públicos, para ayudar a las personas de escasos recursos económicos que no podían sufragar el patrocinio letrado, y cuya función correspondía al Poder Ejecutivo.
Se produjo una reestructuración general de los Tribunales Superiores Penales, integrados por tres jueces y se establecieron numeroso juzgados unipersonales. Para la puesta en vigencia de los nuevos procedimientos penales y evitar el promulgar una nueva Ley Orgánica, se aprobó la Ley especial sobre jurisdicción de los Tribunales, Ley 5711 del 27 de junio de 1975, reformada por la Ley número 5712 del 30 de junio del mismo año y la Ley 5761 del 7 de agosto de 1975
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posted by poder judicial costa rica : 8:36 AM
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poder judicial costa ricaTítulo 11. El Poder Judicial
Artículo 152
El Poder Judicial se ejerce por la Corte Suprema de Justicia y por los demás tribunales que establezca la ley.
Artículo 153
Corresponde al Poder Judicial, además de las funciones que esta Constitución le señala, conocer de las causas civiles, penales, comerciales, de trabajo y contencioso - administrativas, así como de las otras que establezca la ley, cualquiera que sea su naturaleza y la calidad de las personas que intervengan; resolver definitivamente sobre ellas y ejecutar las resoluciones que pronuncie, con la ayuda de la fuerza pública si fuere necesario.
Artículo 154
El Poder Judicial sólo está sometido a la Constitución y a la ley, y las resoluciones que dicte en los asuntos de su competencia no le imponen otras responsabilidades que las expresamente señaladas por los preceptos legislativos.
Artículo 155
Ningún tribunal puede avocar el conocimiento de causas pendientes ante otro. Unicamente los tribunales del Poder Judicial podrán solicitar los expedientes ad effectum videndi.
Artículo 156
La Corte Suprema de Justicia es el tribunal superior del Poder Judicial, y de ella dependen los tribunales, funcionarios y empleados en el ramo judicial, sin perjuicio de lo que dispone esta Constitución sobre servicio civil.
Artículo 157
La Corte Suprema de Justicia estará formada por los Magistrados que fueren necesarios para el buen servicio; serán elegidos por la Asamblea Legislativa, la cual integrará las diversas Salas que indique la ley. La disminución del número de Magistrados, cualquiera que éste llegue a ser, sólo podrá acordarse previos todos los trámites dispuestos por las reformas parciales a esta Constitución.
( Así reformado por ley No. 1749 de 8 de junio de 1954 ).
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posted by poder judicial costa rica : 7:57 AM
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COSTA RICA. Costa Rica is a democratic republic with a strong system of constitutional checks and balances. Executive responsibilities are vested in a president, who is the country's center of power. ... Poder Judicial. Supreme Electoral Tribunal. Judicial power in Costa Rica is exercised by the Supreme Court ... expense for the indigent. The Costa Rican electoral process is supervised
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posted by poder judicial costa rica : 7:11 AM
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